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El GATS y la educación superior (1/2)

Volumen II, número 24. México, noviembre de 2002

Roberto Rodríguez Gómez

e-mail roberto@servidor.unam.mx

La nueva economía implica el retiro del Estado en áreas de producción y servicios y la liberalización del comercio internacional. Así, no extraña el interés empresarial de participar en el suministro de educación superior y buscar incluso su expansión internacional. Me refiero al proceso de transnacionalización de la educación superior, que afecta negativamente el carácter de bien público de las universidades.

Las universidades no son claustros. Al contrario; desde sus orígenes impulsaron el contacto internacional; sobre todo aquellas que practican investigación y les concierne la difusión del conocimiento la cultura. Pero una cosa es el intercambio académico tradicional y otra muy distinta la comercialización global de la educación superior, es decir su exportación e importación como mercancía. El fenómeno está ocurriendo, crece y se expande, y en la actualidad se discute en el marco de negociaciones del Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (GATS, por sus siglas en inglés) administrado por la Organización Mundial del Comercio (OMC).

La iniciativa del GATS proviene de la Ronda Uruguay de la OMC en 1995, e incluye doce sectores generales objeto de regulación: administración, computación, comunicaciones, construcción, distribución, educación, ambientales, financieros, salud, turismo, cultura, transporte y otros no incluidos. El GATS avanza a través de rondas de negociación que buscan la progresiva liberalización de los sectores. Cada país determina sus posibilidades de apertura y fija sus compromisos. La negociación es compleja porque en ella intervienen no sólo los intereses y posturas de cada país sino, principalmente, las definiciones asumidas en el marco de acuerdos multilaterales como la Unión Europea, el Mercosur, o el TLC de México, Canadá y Estados Unidos.

En algunos sectores los acuerdos van muy adelantados. En otros, como energía y educación, han habido reticencias y críticas para su negociación en el convenio general. Es más, la educación superior como tal no figuraba en los capítulos del GATS; pero en noviembre de 2001, los países de la OMC convinieron su inclusión. Además, en otros tratados multilaterales de comercio la educación comienza a aparecer como tema de regulación. La mayoría de los países de la OCDE han suscrito compromisos, aunque aún son pocos los países fuera de ese ámbito que han hecho lo propio. A la fecha sólo 42 han firmado algún compromiso de comercio educativo, únicamente 32 algún compromiso en el capítulo de educación superior; y de ellos sólo 22 han convenido acuerdos de tratamiento nacional asimilables a los modos de suministro considerados en el GATS. Este último grupo incluye a México y a Panamá como los únicos en América Latina.

Los modos de suministro tipificados en el GATS son: a) suministro transfronterizo; en educación superior la enseñanza a distancia y la universidad virtual serían ejemplos; b) consumo en el extranjero, por ejemplo el envío y recepción de estudiantes de un país a otro; d) presencia comercial, por ejemplo, el establecimiento en un país de instituciones filiales o franquicias de otras extranjeras, así como alianzas comerciales con instituciones del país receptor, y d) presencia de personas, que implica la residencia temporal de académicos extranjeros para trabajar en instituciones nacionales o en filiales. El TLC norteamericano prevé la eliminación de restricciones en casi todas las formas de suministro, excepto en el renglón de inversión extranjera directa, en que se requiere autorización del gobierno y se regula la participación de capital extranjero.