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Mtro. Marco Antonio Benavides Duarte marco3012@yahoo.com El acuerdo Nacional para la Modernización de la Educación Básica de 1992, propuso una idea general sobre la participación de la sociedad en la renovación de la vida escolar para elevar la calidad de la educación. En la Ley General de Educación (1993), en el capítulo VII, se profundiza sobre la participación de la sociedad en la vida escolar. En el documento se definen los derechos y obligaciones de los padres de familia y de sus asociaciones (sección I, artículos 65 a 67), además, se habla de la constitución de los consejos de participación social en diversos niveles: nacional, estatal, municipal y escolar ( sección II, artículos 68 a 73), por último, trata sobre la contribución de los medios de comunicación hacia los fines de la educación (sección III, artículo 74). La pretensión de la Ley en el capítulo VII es vivificar el sistema educativo, comunicándolo con su entorno, buscando la integración de los representantes de la sociedad, formada por padres de familia, asociaciones, sectores de la comunidad, maestros, organizaciones sindicales y autoridades. En la justificación o exposición de motivos de la Ley General de Educación, se afirma que los consejos deben propiciar la unión entre el alumno, el maestro, la escuela y la comunidad, y juntos, se supone, analizan los problemas que pueden afectar el desempeño escolar y proponen soluciones posibles. Este tema es de suma importancia para los maestros, padres de familia y ciudadanos en general, porque la educación nos involucra a todos. ¿Cómo y en qué grado debemos participar?. Los padres de familia delegamos en el Estado los aspectos de la educación para los cuales ni nosotros ni la comunidad tenemos capacidades suficientes (organización, orientación y proposición de los contenidos de la educación), pero nuestra participación es un derecho y tenemos derecho a decidir. Si la comunidad y los padres de familia supiéramos que podemos decidir sobre aquellos aspectos de la escuela en los que tenemos competencia, nuestra perspectiva de la participación social sería diferente. Es cierto que la participación de los padres en las escuelas siempre ha estado presente, en las asociaciones de padres, y hay experiencias de centros escolares, comunidades o regiones donde se muestra la participación ciudadana, los padres están pendientes de sus hijos y se relacionan con los maestros, aportan recursos económicos, entre otras actividades, pero ¿esa es la participación social que buscamos?. A veces creemos que las contribuciones económicas o el mejoramiento de la infraestructura escolar significa calidad en la educación, pero la participación social trasciende esos aspectos. Esta cultura de participación, que está en proceso de construirse, implica una comunicación e interacción entre los diferentes actores de la tarea educativa, maestros, escuela, alumnos, padres, autoridades, medios de comunicación, entre otros. En el ámbito nacional los consejos de participación se han establecido oficialmente, a partir de 1993, y en 27 (87%) estados se han constituido con carácter estatal, municipal o escolar. En 4 (13%) estados no se han iniciado alguna acción para el establecimiento de los mismos. En 15 (48%) estados se instalaron los consejos estatales, quedando pendiente por realizarlo en 16 (52%) de ellos. De un número total de 2,427 municipios de la República Mexicana, se han creado 1,029 consejos municipales, lo que representa un avance del 42%. En nivel nacional, de 164,947 escuelas de educación básica, se han establecido 111,732 consejos escolares, es decir en el 68% de ellas. En 13 (42%) estados, se han instalado consejos municipales en el total de sus municipios, en 11 (35%) más se han constituido de manera parcial y existen 8 (23%) estados que no han realizado alguna acción en este sentido. En 3 (10%) estados ya se han establecido consejos escolares para el 100% de sus escuelas, en 24 más (77%) se tienen de manera parcial con avances del 1 al 96% y en 4 (13%) estados no se han desarrollado acciones en este sentido. |